El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) se compone de cuatro partes, tres de ellas más conocidas -conservación, eficiencia energética y accesibilidad- y una cuarta desconocida por los usuarios y que pasa desapercibida a los técnicos por tratarse de un apartado voluntario: La Protección frente al Ruido
Que un aspecto como el comportamiento acústico -que suele dar bastante "respeto" a aquellos técnicos que no son especialistas en la materia- sea un apartado optativo en los IEE ha provocado que "esté muerto antes de nacer", es decir, que su cumplimento en estos momentos sea prácticamente nulo.
Y es que la mayoría de profesionales que están realizando los IEE ni siquiera se han para a comprobar cuáles son los aspectos que se estudian en este apartado o la exigencia del mismo. Dos razones principales lleva a los técnicos a este "pasotismo":
- Por un lado, la guerra de precios en el mercado provocado por la liberalización de los honorarios, junto a la falta de trabajo que nos trajo la crisis, que ha provocado una competencia basada no en la calidad del servicio -máxime cuando el IEE se interpreta por la sociedad casi como un impuesto más, sin entender el valor que tiene- sino en el descuento y el saldo.
- Por otro lado, y como ya se ha mencionado, un cierto vértigo de los técnicos ante aun asunto de gran complejidad -puesto que el comportamiento del sonido, a parte de ser invisible, resulta aveces caótico- por lo que son necesarios amplios conocimientos y experiencia para enfrentarse con garantías de éxito.
Varias son las razones que nos llevan a esta propuesta:
- No se exige realizar un diagnostico del problema de ruido, sino una evaluación preliminar de las condiciones acústicas mediante una inspección visual y siguiendo un guión o lista de chequeo. Aunque podemos, si lo consideramos necesario emplear pruebas de diagnosis como catas, calas o ensayos de aislamiento acústico, unos simples cuestionarios de confort acústico realizado a los inquilinos junto con nuestra inspección nos aportarán datos suficientes para su cumplimentación.
- En la dura situación actual, ofrecer un valor añadido puede ser el aspecto que marque la diferencia con nuestra competencia y nos proporcione -ante unos honorarios que ya no pueden ser estrujados- el punto de distinción que nos haga ser seleccionado por nuestros clientes ante los demás.
- De cara a una posible actuación posterior sobre el inmueble -una rehabilitación-, razón última con la que siempre hay que enfrentarse ante una inspección de edificio, cuanta más información hayamos recopilado sobre el mismo en la fase preliminar de inspección, mayores garantías poseeremos de obtener los mejores resultados en la intervención.
Se ha desarrollado una Guía que sirve de ayuda para la cumplimentación de la parte IV sobre condiciones básicas de protección frente al ruido del IEE. La Guía sigue la misma estructura mostrando el checklist original de esta parte del IEE y a continuación indicaciones o aclaraciones de ayuda. |
Pero veamos de forma somera, qué nos solicita el IEE respecto a las "Condiciones Básicas de Protección frente al Ruido":
La parte IV del IEE está formada por una introducción y 5 apartados donde se describen las condiciones acústicas de protección frente al ruido del edificio. Los apartados IV.1 y IV.2 son apartados descriptivos cuyo fin es el de detectar los puntos críticos desde el punto de vista acústico. El resto de los apartados están dedicados a la valoración, recomendaciones y pruebas efectuadas en el edificio.
Plantea un listado de cuestiones que tienen incidencia fundamental sobre la acústica, es decir, que tienen repercusión sobre las prestaciones acústicas. A partir de ahí el técnico tiene que realizar una diagnosis inicial y una propuesta de mejoras.
Éste estudio consiste en la detención de puntos críticos para la obtención de datos, un análisis del comportamiento acústico y la propuesta de unas medidas de mejora razonables. Para llegar a estas conclusiones además de la visita al inmueble puede ser necesario realizar una encuesta a los usuarios del edificio ya que son ellos los que verdaderamente saben el comportamiento acústico de los paramentos que envuelven las diferentes estancias.
El arquitecto debe valorar el comportamiento acústico del edificio y plantear unas medidas de mejora, éstas medidas pueden ser:
- Aislamiento a ruido exterior:
- Sustitución de ventanas.
- Aislamiento de persianas.
- Aislamiento acústico, en caso de fachadas ligeras.
- Aislamiento a ruido interior:
- Solucionar detalles de los encuentros entre paramentos de diferentes espacios, suelo flotante, techos acústicos, revestimiento de muros…
- Aislamiento de instalaciones: instalación de amortiguadores, juntas de neopreno, etc.
Es el primer punto de partida para la intervención que debe realizarse a posteriori. El IEE es una diagnosis inicial. Los problemas de acústica no son problemas globales del edificio, sino problemas puntuales de locales, de recintos. Ese balance global lo único que nos da es conocer si es necesario intervenir en este aspecto o no.
Fuente: Curso Informe Técnico de Edificios (ITE/IEE/ITT)
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